El día 5 de Abril comenzó el plazo para presentar la declaración de la Renta 2016. Puede que no estés obligado pero debes asegurarte antes para evitar sanciones.
Si estás obligado, aquí te detallo los plazos que tienes para su presentación:
Si el resultado es A DEVOLVER: Hasta el 30 de Junio
Si el resultado es A PAGAR y quieres domiciliar el pago: Hasta el 26 de Junio ( aunque el cargo en cuenta lo realizarán el 30 de Junio.
Si el resultado es A PAGAR pero no quisieses domiciliar el pago: Hasta el 30 de Junio
Si el resultado es A PAGAR y lo quieres hacer en dos plazos:
- 1er y 2º plazo domiciliado: Hasta el 26 de Junio ( te cargarán en cuenta el 60% el dia 30 de Junio y el 40% restante el día 6 de Noviembre)
- 1er y 2º plazo sin domiciliar: Hasta el 30 de Junio para el 60% y hasta el 6 de Noviembre para el resto.
BUENOS DÍAS, ESTOY INTERESADA QUE ME ACLARE UNA DUDA QUE TENGO SOBRE LA RENTA:
TENGO DOS HIJOS NO ESTOY CASADA Y MI PARAJE Y YO VIVIVOS JUNTOS , ¿TENEMOS QUE HACER LA RENTA CONJUNTA O SEPARADA?
Si no estás casada no puedes realizar una declaración conjunta aunque conviváis juntos y tengáis hijos en común